Inicio › Subvenciones › Extremadura

Ayudas 2026 a personas trabajadoras autónomas y pymes para la conciliación de la vida laboral y familiar, según Decreto 87/2025, de 29 de Julio

Abierta Hasta el 15 de noviembre de 2026

En resumen

Ayuda de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación para pymes y autónomos de Extremadura. Se enmarca en el área de otras actuaciones de carácter económico. Presupuesto total: 1.800.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser beneficiarias de las ayudas recogidas en la presente

resolución, las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia,

dadas de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en

la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su

vez miembros de sociedades cooperativas de trabajo asociado, de

sociedades laborales, de sociedades civiles, de comunidades de bienes, o

socios de sociedades mercantiles, y las pequeñas y medianas empresas,

incluidas las sociedades civiles con personalidad jurídica, y que

cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 4 y 5 del

Decreto de bases reguladoras

Qué se financia

Efectuar la convocatoria, para el ejercicio 2026, de ayudas económicas,

en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta,

destinadas a personas trabajadoras autónomas y pymes, para implantar

medidas de conciliación como el teletrabajo y/o la flexibilización de la

jornada, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la finalidad de

promover una mejor conciliación familiar, personal y laboral de las

personas trabajadoras en equilibrio con las necesidades organizativas de

la empresa

Cuantía

1. La financiación por parte de la Presidencia de la Junta de

Extremadura de las ayudas establecidas en la presente convocatoria, por

importe de un total de un millón ochocientos mil euros (1.800.000,00 €),

se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria 02006/253A/47000 y

Proyecto 20250236 “Fomento de medidas de conciliación en el ámbito

laboral” de los fondos de la Comunidad Autónoma, con cargo a los

Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para

2026.

2. Sin perjuicio de los incrementos crediticios que puedan realizarse a

lo largo del mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2011,

de 23 de marzo, y en concreto en el artículo 29.3, se podrá aumentar la

cuantía total máxima de las subvenciones convocadas en función de las

disponibilidades presupuestarias

Plazo de solicitud

Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la

publicación de esta convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de

Extremadura y hasta el 15 de noviembre de 2026. En todo caso, los

solicitantes dispondrán de un mes desde la firma del acuerdo de

teletrabajo y/o flexibilidad horaria para formalizar la correspondiente

solicitud

Apartados copiados del extracto oficial publicado en DOE. D.O. DE EXTREMADURA el 25 de septiembre de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoSECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN (EXTREMADURA)
Presupuesto total1.800.000 €
Plazo de solicitudInicio: AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN EN DOE. hasta el 15 de noviembre de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoExtremadura
SectoresTodos los sectores
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS930560

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 3 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 21 de septiembre de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.