Inicio › Subvenciones › Comunidad Valenciana

Convocatoria de ayudas para el fomento de la natalidad, tarjeta bebe 2027

Abierta Hasta el 30 de septiembre de 2027

En resumen

Ayuda del Ayuntamiento de Massanassa para particulares de la Comunidad Valenciana. Se enmarca en el área de servicios sociales y promoción social. Presupuesto total: 30.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2027.

Quién puede pedirla

Serán personas beneficiarias los progenitores de los nacidos y/o adoptados que cumplan con los siguientes requisitos a fecha de la solicitud:

Que no hayan transcurrido más de 6 meses desde la fecha del, nacimiento y/o adopción.

Que todos los miembros de la unidad familiar (incluido el/la niño y/o niña) estén empadronados y residan de forma efectiva en el municipio de Massanassa, y al menos uno de los progenitores, con una antigüedad en el padrón de 12 meses.

Tener nacionalidad española o residencia legal en España.

En el caso de adopción el límite de edad del niño y/o niña será de 10 años.

No haber sido persona beneficiaria de esta ayuda por nacimiento y/o adopción del mismo niño y/o niña en alguna convocatoria anterior. […]

Qué se financia

Ayudas para el nacimiento y/o adopción legal de menores de hasta 10 años, que se produzcan en el municipio de Massanassa, así como la promoción y dinamización del comercio local a través de esta ayuda

Cuantía

El crédito asignado a esta convocatoria es de 30.000 Euros, con cargo a la aplicación de gastos 23201-480 AYUDAS FOMENTO NATALIDAD Y/O ADOPCIÓN del presupuesto del Ayuntamiento de Massanassa para el ejercicio 2027, condicionado, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio.

El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva en su modalidad de convocatoria abierta, según lo establecido en el artículo 59 del RD 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y se contempla la realización de 4 procedimientos de resolución sucesivos por las solicitudes presentadas en los siguientes trimestres naturales, y con el siguiente desglose de créditos:

Periodo de resolución Solicitudes presentadas Plazo máximo de resolución Crédito

Plazo de solicitud

El plazo para la presentación de las solicitudes, comprenderá con carácter general desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de septiembre de 2027.

Dado que se han establecido concesiones sucesivas de periodicidad trimestral, se tramitarán y resolverán conjuntamente la totalidad de solicitudes presentadas en cada uno de periodos de resolución especificados en el apartado cuarto.

La presentación de la solicitud deberá efectuarse en todo caso en el plazo de 6 meses desde la fecha del nacimiento y/o adopción de la niña o niño.

La solicitud y la documentación deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, telemáticamente o por cualquiera de los medios señalados en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Apartados copiados del extracto oficial publicado en B.O.P. DE VALENCIA el 29 de septiembre de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoAYUNTAMIENTO DE MASSANASSA (MASSANASSA)
Presupuesto total30.000 €
Plazo de solicitudInicio: Al día siguiente de la publicación en el BOP del presente extracto. Fin: Hasta el 30 de septiembre del 2027
Para quiénPersonas físicas que no desarrollan actividad económica
ÁmbitoComunidad Valenciana
SectoresActividades sanitarias y de servicios sociales
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS930260

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 18 de septiembre de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.