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Decreto xx/2026, de 15 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han s

Abierta

En resumen

Ayuda de Direccion General Ordenacion Agropecuaria para pymes y autónomos de Castilla-La Mancha. Se enmarca en el área de agricultura, pesca y alimentación. Presupuesto total: 2.000.000 €. Se puede solicitar.

Quién puede pedirla

Serán personas beneficiaras de estas ayudas las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que reúnan los req uisitos establecidos en el artículo 3

Qué se financia

Establecer la concesión directa de ayudas a las explotaciones agrícolas y ganaderas de Castilla-La Mancha ubicadas en las zonas afectadas por los Incendios Forestales declaradas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2026 y relacionados en el Anexo I

Cuantía

El crédito presupuestario estimado para atender estas ayudas asciende a la cantidad de 2.000.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21130000/713B/47300 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2026.

Las personas beneficiarias podrán recibir una subvención para paliar los daños calculada teniendo en cuenta, en su caso, el coste unitario por cada hectárea de cultivo perdida, cereales sin cosechar, hortícolas o leñosos afectados, o por cada cabeza de ganado perdida, muerta o sacrificada, a consecuencia del incendio, y un importe para compensar los daños derivados de la pérdida o inutilización de pastos como consecuencia del incendio en explotaciones ganaderas de carne en extensivo que subvencionará el coste de la alimentación animal del 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de marzo del 2027, al que se aplicará el coeficiente de afectación de pastos por los […]

Plazo de solicitud

Las personas titulares de explotaciones situadas en las zonas afectadas por los incendios que han sufrido daños, previamente comprobados por esta consejería, así como todas aquellas que reúnan los requisitos del artículo 3, podrán presentar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde la publicación en la sede electrónica de la relación de titulares de explotaciones afectadas, una solicitud de ayuda de conformidad con el Anexo II, de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Toledo, 15 de septiembre de 2026

Apartados copiados del extracto oficial publicado en DOCM. D.O. DE CASTILLA-LA MANCHA el 21 de septiembre de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoDIRECCION GENERAL ORDENACION AGROPECUARIA (CASTILLA-LA MANCHA)
Presupuesto total2.000.000 €
Plazo de solicitudInicio: desde la publicación en la sede electrónica de la relación de titulares de explotaciones afectadas. Fin: 10 días hábiles desde la publicación en la sede electrónica de la relación de titulares de explo
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoCastilla-La Mancha
SectoresAgricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS930178

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 3 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 17 de septiembre de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.