Inicio › Subvenciones › Comunidad de Madrid

Ayudas urgentes alquiler de vivienda efectos incendios sierra oeste

Abierta Hasta el 15 de noviembre de 2026

En resumen

Ayuda de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras para particulares de la Comunidad de Madrid. Se enmarca en el área de acceso a la vivienda y fomento de la edificación. Presupuesto total: 2.000.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad cuya vivienda habitual y

permanente haya resultado afectada por daños ocasionados por los incendios forestales en

alguno de los municipios de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid y que hayan

formalizado un contrato de arrendamiento de una solución habitacional durante el tiempo

que se mantenga inutilizada su vivienda habitual

Qué se financia

Las ayudas económicas adoptarán la forma de subvenciones y se concederán de forma directa

para facilitar el acceso a una vivienda en régimen de arrendamiento a las personas cuya

vivienda habitual y permanente haya resultado afectada por daños ocasionados por los

incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid

Cuantía

El importe de la ayuda a conceder será del 100 por 100 del importe de la renta pagada en

concepto de arrendamiento de vivienda por la persona beneficiaria y hasta un máximo de

1.500 € mensuales. En esta cuantía se entenderá incluido, en su caso, el importe

correspondiente al arrendamiento de garajes y trasteros.

Se subvencionarán hasta 12 mensualidades completas de renta iniciándose el periodo

subvencionable en la fecha de entrada en vigor del contrato.

En el caso en el que antes de ese plazo regresaran a sus domicilios habituales dañados por

los incendios, la ayuda se interrumpirá a partir de ese momento

Plazo de solicitud

Se podrán presentar solicitudes desde el día siguiente al de la publicación en forma de

extracto de las presentes normas reguladoras en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y hasta el 15 de

noviembre de 2026.

Aquellas solicitudes debidamente cumplimentadas, cuyos solicitantes cumplan con los

requisitos exigidos en este Acuerdo, serán resueltas favorablemente mientras exista

crédito disponible para esta línea de ayudas en el momento de la concesión.

Para su concesión, se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 4 de septiembre de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (COMUNIDAD DE MADRID)
Presupuesto total2.000.000 €
Plazo de solicitudInicio: DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN FORMA DE EXTRACTO DEL ACUERDO CONSEJO GOBIERNO EN BOCM. hasta el 15 de noviembre de 2026
Para quiénPersonas físicas que no desarrollan actividad económica
ÁmbitoComunidad de Madrid
SectoresAlquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia; Otros alojamientos
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS927720

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 3 de septiembre de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.