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Convocatoria de becas de estudio para la realización de estudios oficiales presenciales, semipresenciales y a distancia en la isla de fuerteventura, curso 2026/2027

Cerrada Terminó el 25 de septiembre de 2026

En resumen

Ayuda del Cabildo Insular de Fuerteventura para particulares de Canarias. Se enmarca en el área de educación. Presupuesto total: 1.100.000 €. El plazo de solicitud terminó el 25 de septiembre de 2026.

Quién puede pedirla

Para ser beneficiario de las becas que se convocan por esta Resolución será preciso cumplir los requisitos básicos establecidos en los artículos 2 y 27 de las bases reguladoras, así como los de carácter económico del capítulo I del Título II y los de carácter académico a que se refiere el capítulo II del Título II.

Además de los requisitos específicos de esta modalidad establecidos en el artículo 38 de las bases reguladoras.

Los estudios becados son los siguientes:

? Estudios presenciales, semipresenciales y a distancia de la ESO, Bachillerato y FP.

? Cursos de especialización de formación profesional.

? Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional. […]

Qué se financia

La finalidad de estas becas es contribuir a sufragar los gastos que supongan la adquisición de aquel material educativo, didáctico y/o tecnológico necesario para el correcto desarrollo de los estudios

Cuantía

El crédito presupuestario con el que atenderá la convocatoria está condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, con una cuantía total máxima de 100.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 40240.3260U.4810926 (BECAS PARA ESTUDIOS EN LA ISLA, CURSO 2026/2027) del vigente Presupuesto General del Cabildo de Fuerteventura.

No obstante, dicho importe podrá incrementarse con una cuantía adicional de 2.400.000,00 euros, cuando, como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en la letra a) del artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se produzca un incremento de crédito disponible antes de la concesión definitiva total de las becas que se convocan por esta Resolución

Plazo de solicitud

Las solicitudes deberán presentarse únicamente a través de la plataforma web de solicitud y seguimiento de las Becas de estudio: https://becas.cabildofuer.es

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, hasta el día 25 de septiembre de 2026.

La documentación para presentar en cada caso será indicada durante el proceso de solicitud en la misma página web. Las personas solicitantes podrán autorizar de manera expresa al Cabildo de Fuerteventura a consultar aquella información que obre en poder de otras administraciones públicas, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Apartados copiados del extracto oficial publicado en B.O.P. DE LAS PALMAS el 5 de agosto de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA
Presupuesto total1.100.000 €
Plazo de solicitudInicio: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL B.O.P.. Fin: HASTA EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Para quiénPersonas físicas que no desarrollan actividad económica
ÁmbitoCanarias
SectoresEducación
FinalidadEducación
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS922856

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 31 de julio de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.