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ORDEN de 20 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica o de sus fenotipos para el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS

Abierta Hasta el 3 de noviembre de 2026

En resumen

Ayuda de la Consellería de Política Social e Igualdad para particulares de Galicia. Se enmarca en el área de servicios sociales y promoción social. Presupuesto total: 2.138.800 €. Se puede solicitar hasta el 3 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

1. Podrán solicitar las ayudas económicas las personas físicas vivas que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de su solicitud:

a) Haber cumplido los 18 años.

b) Estar empadronadas en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de 6 meses con anterioridad a la presente convocatoria de las ayudas.

c) Estar diagnosticadas de la enfermedad de la esclerosis lateral amiotrófica (en adelante, ELA) o cualquiera de sus fenotipos.

d) Tener reconocida la situación de dependencia o haber solicitado su reconocimiento con anterioridad a la presentación de la solicitud.

2. Además, las personas beneficiarias de la ayuda tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia

Qué se financia

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas a las personas con diagnóstico de ELA o de sus fenotipos, así como proceder a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento administrativo BS215A)

Cuantía

1. Para la financiación de estas ayudas se destina un crédito de 2.138.800,00 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.05.312D.480.0 y 0 8.05.312D.780.0 (código de proyecto 2023 000138) de la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, según la siguiente distribución:

Aplicación presupuestaria

Importe

08.05.312D.480.0

1.018.500,00 €

08.05.312D.780.0

1.120.300,00 €

2. De producirse remanente de crédito en una de las referidas aplicaciones presupuestarias en el marco del mismo programa, se procederá a la reasignación de las cuantías sobrantes, que se destinarán a la aplicación presupuestaria a la que se imputan los gastos a subvencionar en esta convocatoria, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

3. […]

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al quinto día hábil siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 3 de noviembre de 2026.

Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil, según el artículo 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Apartados copiados del extracto oficial publicado en DOG. D.O. DE GALICIA el 31 de julio de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD (GALICIA)
Presupuesto total2.138.800 €
Plazo de solicitudDesde el 7 de agosto de 2026. hasta el 3 de noviembre de 2026
Para quiénPersonas físicas que no desarrollan actividad económica
ÁmbitoGalicia
SectoresOtras actividades sanitarias
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS922377

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 29 de julio de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.