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Orden de 28 de julio de 2026, por la que se convocan las ayudas a la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas

Cerrada Terminó el 24 de agosto de 2026

En resumen

Ayuda de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para pymes y autónomos, y también entidades sin actividad económica de Andalucía. Se enmarca en el área de agricultura, pesca y alimentación. Presupuesto total: 15.000 €. El plazo de solicitud terminó el 24 de agosto de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán solicitar las ayudas las personas o entidades contempladas específicamente en el artículo 32 de la Orden de 26 de octubre de 2023 de bases reguladoras, siempre que reúnan los requisitos contemplados en el artículo 3 del citado texto normativo

Qué se financia

Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para la mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas, de conformidad con el objetivo específico 2.2 del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, Promover la comercialización, la calidad y el valor añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación de dichos productos, regulado en el artículo 26.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y al amparo de la Orden 26 de octubre de 2023

Cuantía

1. Las ayudas reguladas en esta orden están cofinanciadas por la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura, y por la Administración de la Junta de Andalucía, en un 70 % y en un 30 %, respectivamente.

2. La intensidad máxima de la ayuda será del 50% del gasto subvencionable total de la operación. No obstante, dicha intensidad podrá variar en función de la categoría de la operación subvencionable de acuerdo a los porcentajes específicos de intensidad de la ayuda contemplados en el Anexo III del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio, que a continuación se relacionan:

a) En las operaciones ejecutadas por organizaciones de pescadores u otros beneficiarios colectivos la intensidad de la ayuda será del 60%. […]

Plazo de solicitud

1. Las solicitudes y la documentación que deba acompañarlas se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de pesca acuicultura y economía azul, y se presentarán de forma electrónica ajustándose al formulario Anexo I que se adjunta a la presente orden a través de la dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica General de la Junta de Andalucía, indicada en el punto dos del apartado primero.

2. El plazo de solicitud de ayudas a los proyectos acogidos a las EDLP de los GALPA será de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOJA. B.O. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA el 10 de agosto de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL (ANDALUCÍA)
Presupuesto total15.000 €
Plazo de solicitudDesde el 11 de agosto de 2026. hasta el 24 de agosto de 2026
Para quiénPersonas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoAndalucía
SectoresPesca y acuicultura
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS922164

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 3 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 29 de julio de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.