Inicio › Subvenciones › Comunidad Valenciana

Convocatoria ayudas destinadas al fomento de la actividad emprendedora - enguera avanza 2026

Abierta Hasta el 15 de octubre de 2026

En resumen

Ayuda del Ayuntamiento de Enguera para pymes y autónomos de la Comunidad Valenciana. Se enmarca en el área de otras prestaciones económicas. Presupuesto total: 12.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de octubre de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser beneficiarias, aquellas empresas o autónomos que desarrollen su actividad en un establecimiento o local abierto al público, ubicado en Enguera, o bien empresas o autónomos nuevos que tengan su dirección fiscal en Enguera (autónomos de servicios sin local al público), en cualesquiera de sus formas posibles (personas físicas o jurídicas) y que se hayan constituido como empresa entre el 01 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, y además permanezcan de alta durante un período mínimo de 12 meses. Siempre que no hayan estado dadas de alta anteriormente entre los meses de enero de 2025 y octubre de 2025

Qué se financia

Las ayudas que se describen en estas bases tienen como objeto el fomento de la actividad emprendedora.

Se podrán conceder a aquellas empresas que inicien y desarrollen su actividad en un establecimiento o local abierto al público, ubicado en Enguera y que se hayan constituido como empresa en fechas comprendidas entre el 01 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026

Cuantía

La cuantía total de las subvenciones a conceder, en esta modalidad, asciende a un importe de 12.000 euros, que se financiarán con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 494-47000- ENGUERA AVANZA 2026 previsto en el presupuesto del Ayuntamiento de Enguera.

La concesión de las ayudas estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria, y en todo caso, hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.

El importe del gasto autorizado podrá ser incrementado, con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas, por el órgano que tenga atribuida la competencia por razón de la cuantía de la modificación, sin que ello dé lugar a una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de las subvenciones. […]

Plazo de solicitud

1. Las solicitudes (Anexo I) podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, se recuerda que las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración ex artículo 14.2.a) de la mentada norma. En todo caso, se establece como medio preferente la presentación en el registro electrónico del Ayuntamiento de Enguera en el impreso normalizado de solicitud que estará disponible en la web municipal. En la página web municipal estará disponible la información y documentación de la convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito será inadmitida.

2. […]

Apartados copiados del extracto oficial publicado en B.O.P. DE VALENCIA el 10 de julio de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoAYUNTAMIENTO DE ENGUERA (ENGUERA)
Presupuesto total12.000 €
Plazo de solicitudInicio: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN LA SEDE ELECTRÓNICA. hasta el 15 de octubre de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoComunidad Valenciana
SectoresOtros servicios
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS916570

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 3 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 1 de julio de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.