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Bases reguladoras de las ayudas para planificación de comunidades energéticas

Cerrada Terminó el 3 de agosto de 2026

En resumen

Ayuda del Instituto Energético de Galicia (INEGA) para pymes y autónomos, y también grandes empresas de Galicia. Se enmarca en el área de industria y energía. Presupuesto total: 75.000 €. El plazo de solicitud terminó el 3 de agosto de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las comunidades energéticas ya constituidas y con residencia o establecimiento en Galicia. No obstante, se podrán presentar solicitudes de ayuda previas a la constitución de la comunidad energética según el procedimiento descrito en los siguientes artículos

Qué se financia

Regular la concesión de subvenciones para la planificación energética de comunidades energéticas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en las mismas (código de procedimiento IN418E)

Cuantía

Las subvenciones que se concedan se financiarán con cargo a los presupuestos del Inega para el ejercicio de 2026. La dotación máxima para financiar estas subvenciones asciende a 300.000 euros y se redistribuirá teniendo en cuenta las solicitudes registradas conforme a lo establecido en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, entre las siguientes partidas: 09.A3.733A.770.4 y 09.A3.733A.781.8 (código del proyecto contable 2021/00004).

La distribución de los fondos por cada uno de los regímenes jurídicos que resultan aplicables es la siguiente:

Aplicación presupuestaria Régimen de minimis Régimen ordinario Total

09.A3.733A.770.4 50.000 0 50.000

09.A3.733A.781.8 25.000 225.000 250.000

Total 75.000 225.000 300.000

Plazo de solicitud

1. Las solicitudes (anexo I) se suscribirán directamente por los interesados o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

En caso de comunidades energéticas sin constituir, la solicitud se presentará por el representante de la agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentre en situación que motiva la concesión de la subvención, en base a un acuerdo marco de colaboración entre sus integrantes.

2. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el séptimo (7º) día natural siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG a las 9.00 horas y finalizará un mes después a las 23.59 horas. […]

Apartados copiados del extracto oficial publicado en DOG. D.O. DE GALICIA el 29 de junio de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoINSTITUTO ENERGÉTICO DE GALICIA (INEGA) (GALICIA)
Presupuesto total75.000 €
Plazo de solicitudDesde el 3 de julio de 2026. hasta el 3 de agosto de 2026
Para quiénGran empresa; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoGalicia
SectoresTodos los sectores
FinalidadIndustria y Energía
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS914622

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 3 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 22 de junio de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.