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Convocatoria de ayudas 2026 para espacios de creación artística contemporánea y salas alternativas de exhibición

Cerrada Terminó el 1 de julio de 2026

En resumen

Ayuda del Consell Insular de Mallorca para pymes y autónomos, y también entidades sin actividad económica de las Illes Balears. Se enmarca en el área de cultura. Presupuesto total: 120.000 €. El plazo de solicitud terminó el 1 de julio de 2026.

Quién puede pedirla

1. Para acceder a las ayudas objeto de esta convocatoria el espacio debe cumplir con los siguientes requisitos:

a. Debe ser un espacio cultural de creación artística contemporánea ubicado en Mallorca. Su titularidad y/o gestión-explotación deben ser privadas.

b. El espacio debe disponer de la autorización / licencia para desarrollar la actividad.

c. Acreditar que el espacio cultural de creación artística contemporánea esté actualmente en funcionamiento y lleve al menos 2 años en activo, desde la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

d. Que durante los últimos 2 años, se hayan realizado en el espacio de creación al menos 4 actividades/laboratorios/talleres/residencias de fomento de creación artística en Mallorca.

e. […]

Qué se financia

La finalidad de esta convocatoria es apoyar la actividad y función de los espacios culturales privados de Mallorca que ofrecen sus instalaciones a otros creadores fomentando la interdisciplinariedad, con el objeto de fomentar la creación artística y cultural de la isla.

De acuerdo con lo acordado por el Pleno en la sesión de 9 de noviembre de 2023, estas ayudas no pueden destinarse a actividades que supongan una vulneración de la ley, como delitos de odio u otros relacionados al código penal. El incumplimiento de esta obligación provocará el reintegro o pérdida del derecho al cobro de la subvención y la exigencia de la responsabilidad por parte de la persona beneficiaria

Cuantía

1. Se destina para las ayudas de esta convocatoria un total de 120.000,00 €, de los cuales 80.000,00 € para la línea 1 por entidades con ánimo de lucro, y un crédito de 40.000,00 € para la línea 2 por entidades sin ánimo de lucro, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20.33450.47906 y 20.33450.48904, del ejercicio 2027.

Dado que se trata de una convocatoria de gasto anticipado, ésta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario al que se imputa el gasto.

2. […]

Plazo de solicitud

Son subvencionables los gastos que por su objeto puedan incluirse en los supuestos previstos en el punto anterior de esta convocatoria desarrollados por las entidades beneficiarias entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 (ambos incluidos).

Se aceptarán gastos facturados y abonados con posterioridad al 31 de diciembre de 2026 siempre que se correspondan al suministro de bienes o servicios efectuados en el período subvencionable mencionado (esta información deberá quedar reflejada en la factura o en la documentación aportada) y que se hayan facturado y abonado en la fecha límite para presentar la justificación

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOIB. B.O. DE LAS ISLAS BALEARES el 9 de junio de 2026. Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSELL INSULAR DE MALLORCA (CONSEJO INSULAR DE MALLORCA)
Presupuesto total120.000 €
Plazo de solicitudDesde el 10 de junio de 2026. hasta el 1 de julio de 2026
Para quiénPersonas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoIlles Balears
SectoresActividades artísticas, deportivas y de entretenimiento
FinalidadCultura
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS910757

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 4 de junio de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.