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Resolución de 13 de mayo de 2026 de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se convocan para el año 2026 ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto

Plazo por confirmar Consulta el plazo

En resumen

Ayuda del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para pymes y autónomos de toda España. Se enmarca en el área de cultura. Presupuesto total: 62.000.000 €. Consulta el plazo de solicitud en la convocatoria oficial.

Quién puede pedirla

Empresas productoras independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, según la definición contenida en el artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.

Empresas productoras no independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, en relación a aquellos largometrajes realizados en coproducción con empresas productoras de carácter independiente.

Cuando se trate de proyectos realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Qué se financia

Se convocan, para el año 2026, mediante régimen de concurrencia competitiva y con carácter plurianual, ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto, mediante convocatoria abierta con dos procedimientos de selección, reguladas en el artículo 24 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre

Cuantía

La dotación presupuestaria para estas ayudas es de 30.000.000 euros, imputables al crédito de la aplicación 24.103.335C.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del presupuesto de gastos del ICAA para los años 2026 y 2027. La distribución de anualidades es la que se concreta a continuación:

Al presupuesto de 2026 se imputarán 18.000.000 euros.

Al presupuesto de 2027 se imputarán 12.000.000 euros para la realización del segundo pago previsto en el apartado Duodécimo, de todas las empresas beneficiarias.

Para el primer procedimiento de selección se reservarán 15.000.000 euros, y para el segundo procedimiento de selección se reservarán 15.000.000 euros.

El importe sobrante del primer procedimiento podrá incorporarse íntegramente al segundo en el importe no comprometido. […]

Plazo de solicitud

El plazo máximo para la presentación de solicitudes acompañadas de la documentación preceptiva, en el primer procedimiento de selección, será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día de plazo.

El plazo de presentación de solicitudes acompañadas de la documentación preceptiva señalada en el apartado Séptimo, en el segundo procedimiento de selección, se iniciará el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes del primer procedimiento y finalizará el día 15 de septiembre de 2026, a las 14:00 h, hora peninsular

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO el 15 de mayo de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoINSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES (MINISTERIO DE CULTURA)
Presupuesto total62.000.000 €
Plazo de solicitudInicio: Día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE (procedimiento 1). Fin: Quince días hábiles después (procedimiento 1)
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoToda España
SectoresActividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión
FinalidadCultura
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS905549

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 13 de mayo de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.