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Certificado sesión ordinaria del Consejo de Administración del EPE Alcalá Desarrollo de fecha 04/05/2026, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de las ayudas de acción social 2025 ,para los trabajadores del EPE Alcalá Desarrollo.

Plazo por confirmar Consulta el plazo

En resumen

Ayuda de E.p.e. Alcala Desarrollo para particulares de la Comunidad de Madrid. Se enmarca en el área de otras prestaciones económicas. Presupuesto total: 10.000 €. Consulta el plazo de solicitud en la convocatoria oficial.

Quién puede pedirla

-Todos los trabajadores del EPE “Alcalá Desarrollo”, con una antigüedad de 1 año

continuado de trabajo. Los trabajadores con menos de 1 año de antigüedad, tendrán

derecho a las ayudas en cuantía proporcional al tiempo trabajado.

-Las personas que ostenten la calidad de cónyuge o equivalente respecto del titular (en

aplicación de este artículo se asimilan las parejas de hecho a los matrimonios siempre

que estén inscritas en el Registro de Parejas de Hecho), y las hijas o hijos de ambos o

ambas menores de edad, así como las hijas o hijos mayores de edad hasta que

cumplan 24 años (inclusive), siempre que dependan económicamente del titular. Este

tope de edad no será aplicable a las hijas e hijos con una discapacidad igual o

superior al 33%.

- Nietos/as que convivan y dependan económicamente del titular

Qué se financia

El objeto de las presentes bases generales es desarrollar y concretar los criterios,

condiciones y requerimientos generales, de necesario cumplimiento en el año 2025,

en todos los procedimientos para el abono de importes en concepto de ayuda o

prestación social por gastos realizados y abonados en el tiempo efectivamente

trabajado en dicho ejercicio o en el periodo al que se extienda la ayuda y, en su caso,

proporcional al mismo

Cuantía

1.- El importe máximo concedido por trabajador no podrá exceder de 1.250 €.

2.- En caso de que una vez resuelto definitivamente el expediente por el cual se

conceden las ayudas, existieran remanentes de crédito, éstos se aplicarán al Fondo.

3.- Si existiera algún sobrante después de efectuar la distribución del fondo, éste

porcentaje y la cuantía máxima a percibir se reducirían proporcionalmente en las

solicitudes presentadas y debidamente justificadas.

4.- Una vez presentadas todas las solicitudes, si superaran la previsión

presupuestaria, se abrirá proceso de negociación con la representación sindical.

5.- La vigilancia, interpretación, cumplimiento y seguimiento de este Reglamento, se

realizará en una COMISIÓN PARITARIA integrada por el representante o

representantes de los trabajadores del EPE, e igual número de representantes del

EPE. […]

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 18 de mayo de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoE.P.E. ALCALA DESARROLLO (ALCALÁ DE HENARES)
Presupuesto total10.000 €
Plazo de solicitudInicio: El día siguiente de la publicación del extracto de las bases en el BOCM. Fin: 30 días naturales desde la publicación en el BOCM
Para quiénPersonas físicas que no desarrollan actividad económica
ÁmbitoComunidad de Madrid
SectoresActividades postales y de mensajería; Servicios personales
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS904286

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 8 de mayo de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.