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Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción e investigación artística en el ámbito del arte contemporáneo, correspondientes a 2026.

Plazo por confirmar Consulta el plazo

En resumen

Ayuda de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes para pymes y autónomos de toda España. Se enmarca en el área de cultura. Presupuesto total: 1.000.000 €. Consulta el plazo de solicitud en la convocatoria oficial.

Quién puede pedirla

1. Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas las personas físicas que realicen las actividades a la que se refiere el apartado Primero.2 y cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y en la normativa vigente en materia de subvenciones. En el caso de proyectos desarrollados por colectivos o asociaciones, sólo podrá disfrutar de la ayuda un integrante de este, preservándose los derechos de autor del colectivo.

2. La persona solicitante deberá estar inscrita en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos previo a la publicación de la lista definitiva de personas beneficiarias, en los términos establecidos en el artículo Undécimo.5. No obstante, este requisito no será necesario en el momento de presentar la solicitud.

3. Las personas beneficiarias sólo podrán ser aquellas que tengan residencia fiscal permanente en territorio español.

4. […]

Qué se financia

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por delegación del Secretario de Estado de Cultura, de acuerdo con el Cuarto.2d Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre, sobre la fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, convoca para el período comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027 las ayudas para la producción e investigación artística en el ámbito del arte contemporáneo que tienen por finalidad el apoyo a artistas y personas investigadoras, con el objetivo de impulsar la creación, investigación y producción, promoviendo la presencia y visibilidad de los proyectos y obras de artistas.

Las líneas de ayudas que se pueden solicitar en la presente convocatoria son:

A – Creación y producción artística: realización de proyectos de creación y producción de artistas. […]

Cuantía

La financiación de las ayudas se hará con cargo a los créditos de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura, con la siguiente aplicación presupuestaria: 24.05.333B.478.03.

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 1.000.000,00 €.

La distribución de la cuantía entre las personas beneficiarias tendrá como límite: 30.000 euros para los proyectos que se enmarquen en la línea A y 15.000 euros para los proyectos que se enmarquen en la línea B

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO el 25 de abril de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y BELLAS ARTES (MINISTERIO DE CULTURA)
Presupuesto total1.000.000 €
Plazo de solicitudInicio: A partir del día siguiente a la publicación en BOE. Fin: Quince días hábiles a partir de la publicación en BOE
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoToda España
SectoresActividades artísticas, deportivas y de entretenimiento
FinalidadCultura
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS900787

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 22 de abril de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.