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Subvenciones para la apertura de nuevos establecimientos comerciales o de servicios o para la transmisión de un negocio

Abierta Hasta el 20 de octubre de 2026

En resumen

Ayuda del Ayuntamiento de Eskoriatza para pymes y autónomos de País Vasco. Se enmarca en el área de otras actuaciones de carácter económico. Presupuesto total: 3.500 €. Se puede solicitar hasta el 20 de octubre de 2026.

Quién puede pedirla

Serán beneficiarias de la subvención las personas físicas o jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, vayan a alquilar o adquirir locales para la apertura de un nuevo establecimiento comercial, de hostelería o de servicios o vayan a transmitir un negocio

Qué se financia

El 21 de diciembre de 2023 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027 del Ayuntamiento de Eskoriatza (BOG 42, de 28 febrero de 2024). En este plan se recogen las líneas estratégicas, de las cuales la número 7 es Promoción Económica y Social.

El programa A) de esta línea recoge las ayudas económicas para la promoción del comercio y la hostelería, cuyo objetivo es subvencionar el alquiler o adquisición de locales para la apertura de nuevos establecimientos comerciales, hosteleros o de servicios.

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL

Cuantía

Entre las solicitudes admitidas por cumplir todos los requisitos de las bases, se concederán las subvenciones, hasta agotar el crédito, de acuerdo con las siguientes características:

Alquiler de local:

La subvención que otorgará el Ayuntamiento se destinará a sufragar el alquiler durante un máximo de 24 meses.

Primer año: el Ayuntamiento asumirá el 50% del coste de alquiler hasta un máximo de 200 €/mes.

Segundo año: el Ayuntamiento asumirá el 40% del coste de alquiler hasta un máximo de 100 €/mes.

Adquisición de local:

El 4% del valor catastral, hasta un máximo de 3.500 €.

El IVA no será subvencionable.

En ningún caso la subvención podrá superar el 100% del gasto acreditado

Plazo de solicitud

Las solicitudes deberán presentarse firmadas, según modelo normalizado y acompañadas de la documentación correspondiente.

Las personas físicas podrán presentar la solicitud de forma presencial o telemática. Las personas jurídicas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, tienen la obligación de relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos. Por ello, deberán realizar la solicitud telemáticamente.

De forma presencial de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas, en el servicio H@ZI del Ayuntamiento.

De forma telemática las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en el apartado "Trámites" de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eskoriatza (www.eskoriatza.eus) (https://labur.eus/R9fsY). […]

Apartados copiados del extracto oficial publicado en B.O. DE GIPUZKOA el 5 de mayo de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoAYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA (ESKORIATZA)
Presupuesto total3.500 €
Plazo de solicitudInicio: Día siguiente hábil al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOG. hasta el 20 de octubre de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoPaís Vasco
SectoresComercio al por mayor y al por menor
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS899903

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 20 de abril de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.