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(CHD) Cheque Digitalización (Reg. Mínimis 2023/2831)

Abierta Hasta el 11 de diciembre de 2026

En resumen

Ayuda de la Agencia de Desarrollo Económico de la Rioja para pymes y autónomos de La Rioja. Se enmarca en el área de investigación, desarrollo e innovación. Presupuesto total: 990.000 €. Se puede solicitar hasta el 11 de diciembre de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las empresas personas físicas o jurídicas de dimensión Pyme, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Orden reguladora.

Serán además de aplicación, los requisitos y obligaciones para ser beneficiario, contemplados en los artículos 9 y 10 de la Orden reguladora.

Quedan excluidas de la presente convocatoria:

Las grandes empresas, según se definen en el Anexo de la Orden reguladora.

Las asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades y entidades del sector público.

Las sociedades civiles, excepto las Sociedades Agrarias de Transformación.

Las comunidades de bienes. […]

Qué se financia

Programa dirigido a la modernización de las empresas y sus procesos a través de la implementación de herramientas y sistemas TIC que permitirán a las organizaciones tener un mayor nivel de control, gestión, conectividad, integración, visibilidad o interoperabilidad, cuyo alcance está previsto en el artículo 5.2.2 de la Orden Reguladora.

Las actuaciones subvencionables podrán corresponder a alguna o algunas de las siguientes tipologías, con las condiciones específicas previstas en el apartado Primero, punto 2 de la Convocatoria:

a) La adquisición o implantación de nuevos elementos activos materiales e inmateriales necesarios para la implantación de software, aplicaciones, sistemas, hardware-redes, instalaciones, equipos, dispositivos y licencias, y resto de herramientas TIC. […]

Cuantía

Importe del crédito disponible: 1.000.000 euros.

Sétimo. Acumulación de las fases de concesión de la subvención y de reconocimiento de la obligación.

Se acumularán las fases de concesión de la subvención y de reconocimiento de la obligación, de acuerdo con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 20.2 de la Orden reguladora.

El beneficiario deberá presentar junto con la solicitud de la subvención, además de la documentación exigida en el artículo 16.4 de la Orden reguladora, la documentación general de justificación a la que se hace referencia en el artículo 22 de dicha Orden

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 09:00 horas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 12 de febrero de 2027, a las 14:00 horas.

La fecha de presentación de la solicitud determinará la fecha de los gastos subvencionables elegibles, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Segundo de la Convocatoria.

Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.

Noveno. […]

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOR. B.O. DE LA RIOJA el 17 de abril de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoAGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA (LA RIOJA)
Presupuesto total990.000 €
Plazo de solicitudInicio: Desde la publicación del extracto en el BOR. hasta el 11 de diciembre de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoLa Rioja
SectoresIndustria manufacturera
FinalidadInvestigación, desarrollo e innovación
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS898710

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 14 de abril de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.