Inicio › Subvenciones › Canarias

Acuerdo AC0000027657 de CGI de 08/04/2026, por el que se convocan Subvenciones para las Iniciativas Empresariales destinadas a la Apertura de Nueva Empresa y/o Locales, convocatoria 2026.

Cerrada Terminó el 31 de agosto de 2026

En resumen

Ayuda del Cabildo Insular de Tenerife para pymes y autónomos de Canarias. Se enmarca en el área de otras actuaciones de carácter económico. Presupuesto total: 600.000 €. El plazo de solicitud terminó el 31 de agosto de 2026.

Quién puede pedirla

Personas físicas, jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes con objeto mercantil, que hubieran puesto en marcha una iniciativa empresarial de las que sean titulares o promotoras de las mismas, y en el caso de las sociedades mercantiles, mercantiles especiales, sociedades civiles y comunidades de bienes, aquellas cuyo capital social sea titularidad únicamente de personas físicas que hubieran puesto en marcha o pretendan poner en marcha una iniciativa empresarial cuyos plazos de constitución o inicio de actividades económicas sean desde el 01 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026, y que cumplan los requisitos establecidos en la Base segunda de las reguladoras de la presente convocatoria

Qué se financia

Regular la concurrencia no competitiva de las subvenciones destinadas a facilitar la puesta en marcha de una actividad empresarial por personas trabajadoras por cuenta propia, como personas autónomas, conjuntamente con otras personas trabajadoras, o que tengan previsto la expansión de una actividad económica a través de la apertura de un nuevo local, en el que se preste servicio directo al público o establecimiento comercial, en una zona comercial urbana de una actividad económica ya existente en la isla de Tenerife

Cuantía

El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000,00 €), correspondiente al ejercicio 2026.

El importe a conceder dependerá de las circunstancias personales del/la solicitante y del empleo estable que se pretende crear con la nueva empresa, de la siguiente forma:

- Solicitante General (individual o colectivo): 1.000,00 €.

- Incremento por apertura de local a pie de calle: 6.000,00 €.

Se entenderá por local a pie de calle aquel cuya ubicación se encuentre a nivel de suelo y que permita el acceso directo a los consumidores desde la vía pública para recibir el servicio prestado o realizar la transacción comercial. […]

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife hasta el 31 de agosto de 2026 o cuando se produzca el agotamiento del crédito, si esto sucediera antes de esa fecha.

Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife, que se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica (https://sede.tenerife.es), en la sección «Trámites».

La documentación a presentar junto a la solicitud será la relacionada, en el Anexo I de las Bases reguladoras

Apartados copiados del extracto oficial publicado en B.O.P. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE el 17 de abril de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCABILDO INSULAR DE TENERIFE
Presupuesto total600.000 €
Plazo de solicitudInicio: Día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP. hasta el 31 de agosto de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoCanarias
SectoresHostelería; Otros servicios; Transporte y almacenamiento
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS897675

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 12 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 8 de abril de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.