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Acuerdo AC0000027575 de 25 de marzo de 2026 del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan Subvenciones destinadas a la reconversión del sector industrial y al fomento de la economía circular en la isla de Tenerife, correspondientes al año 2026.

Cerrada Terminó el 15 de mayo de 2026

En resumen

Ayuda del Cabildo Insular de Tenerife para pymes y autónomos de Canarias. Se enmarca en el área de industria y energía. Presupuesto total: 1.216.000 €. El plazo de solicitud terminó el 15 de mayo de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán tener la condición de beneficiarios, quienes desarrollen una actividad industrial y estén inscritos en algún epígrafe del IAE (Anexo VI de la Base reguladora), cumpliendo con los siguientes requisitos especificados en la Base 2ª de las reguladoras de la convocatoria:

Las personas físicas bajo la forma jurídica de “Empresario/a Individual”, que tributen en el denominado “Régimen Especial de trabajadores Autónomos” (RETA).

Las personas jurídicas denominadas Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL), S.L.U., SLL, S.A.U…. que tributen por el Impuesto sobre Sociedades, con un máximo de 500 trabajadores por cuenta ajena.

Las comunidades de bienes, y cooperativas con un máximo de 500 trabajadores

Qué se financia

Sufragar los gastos derivados de la reconversión de los autónomos y empresas industriales de Tenerife para adaptar el sistema productivo a los nuevos requerimientos del mercado y normativa de aplicación, alcanzando una mayor rentabilidad y eficiencia empresarial.

Se financiarán las inversiones para:

OBJETIVO 1. Mejora de los procesos productivos y de distribución.

OBJETIVO 2. Proceso de digitalización empresarial.

OBJETIVO 3. Economía circular, sostenibilidad y eficiencia energética

Cuantía

El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a UN MILLÓN DOSCIENTOS DIECISEIS MIL EUROS, (1.216.000,00 €), a imputar a las aplicaciones presupuestarias correspondientes a los ejercicios 2026 y 2027. con la siguiente distribución:

Anualidad Aplicación Presupuestaria Proyecto Importe (€)

2026 0602.4220.47900 - 8.000,00 €

2026 0602.4220.77040 26-0095 600.000,00 €

2027 0602.4220.47900 - 8.000,00 €

2027 0602.4220.77040 26-0095 600.000,00 €

TOTAL 1.216.000,00 €

El crédito se ha declarado ampliable en un total de hasta hasta CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000,00 €) adicionales.

El importe de la subvención será del 100% del gasto subvencionable, con un máximo de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00€). […]

Plazo de solicitud

Será de TREINTA Y CINCO (35) DÍAS NATURALES a computar a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife, que se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica (https://sede.tenerife.es), sección «Trámites».

La documentación a presentar junto a la solicitud será la relacionada, en el Anexo I de las Bases reguladoras

Apartados copiados del extracto oficial publicado en B.O.P. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE el 10 de abril de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCABILDO INSULAR DE TENERIFE
Presupuesto total1.216.000 €
Plazo de solicitudDesde el 11 de abril de 2026. hasta el 15 de mayo de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoCanarias
SectoresActividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; Industria manufacturera; Industrias extractivas
FinalidadIndustria y Energía
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS895423

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 13 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 26 de marzo de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.