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Orden de 24 de marzo de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan ayudas públicas relativas al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) en la Región de Murcia correspondientes al año 2026

Plazo por confirmar Consulta el plazo

En resumen

Ayuda de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca para cualquier tipo de beneficiario, incluidos pymes y autónomos de la Región de Murcia. Se enmarca en el área de agricultura, pesca y alimentación. Presupuesto total: 4.566.650,88 €. Consulta el plazo de solicitud en la convocatoria oficial.

Quién puede pedirla

Con carácter general, las personas físicas o jurídicas, entidades públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas, siempre que reúnan los requisitos generales establecidos en la orden, así como los específicos exigidos para la ayuda correspondiente.

Con carácter específico:

PYME. Medidas 1.1.3., 1.1.5., 1.1.6, 1.2.1., 1.6.1., 2.1.1., 2.1.2., 2.1.12. y 2.2.4

NO PYME. Medidas 1.1.3., 1.1.5., 1.1.6, 1.2.1., 1.6.1., 2.1.1., 2.1.2., 2.1.12.

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. Medidas 1.1.10., 2.1.4., 2.1.12

Qué se financia

Convocatoria de ayudas previstas en el Reglamento (UE) n 2021/1139, de 7 de julio, relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, en relación con las prioridades 1. Fomentar la pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos biológicos acuáticos, y 2. Fomentar las actividades sostenibles de acuicultura, así como la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo a la seguridad alimentaria en la Unión, y más concretamente para el desarrollo de las medidas FEMPA siguientes: 1.1.3., 1.1.5., 1.1.6, 1.1.10., 1.2.1., 1.6.1., 2.1.1., 2.1.2., 2.1.4., 2.1.12. y 2.2.4

Cuantía

La convocatoria está dotada con un importe total máximo de 4.566.650,88 euros, 2.702.275,88 euros para 2026 y 1.864.375,00 euros para 2027 que se reparten de la siguiente forma:

Medida 1.1.3 - 118.173,04 € (2026) y 75.000,00 € (2027).

Medida 1.1.5 - 89.737,00 € (2026) y 83.875,00 € (2027).

Medida 1.1.6 - 120.000,00 € (2026) y 84.000,00 € (2027).

Medida 1.1.10 - 20.000,00 € (2026) y 14.000,00 € (2027).

Medida 1.2.1 - 66.883,84 € (2026) y 70.000,00 € (2027).

Medida 1.6.1 - 60.000,00 € (2026) y 42.000,00 € (2027).

Medida 2.1.1 - 160.000,00 € (2026) y 70.000,00 € (2027).

Medida 2.1.12 - 80.000 € (2026) y 56.000 € (2027).

Medida 2.1.2 - 812.229,00 € (2026) y 519.000,00 € (2027).

Medida 2.1.4 - 15.000,00 € (2026) y 10.500,00 € (2027).

Medida 2.2.4 - 1.160.253,00 € (2026) y 840.000,00 € (2027). […]

Plazo de solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas para las distintas medidas y demás documentación requerida será de 20 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA el 27 de marzo de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (REGIÓN DE MURCIA)
Presupuesto total4.566.650,88 €
Plazo de solicitudInicio: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM. Fin: Hasta 20 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BORM
Para quiénGran empresa; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoRegión de Murcia
SectoresAgricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas; Pesca y acuicultura
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS895008

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 13 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 24 de marzo de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.