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Ayudas a la producción artística de industrias escénicas

Cerrada Terminó el 23 de abril de 2026

En resumen

Ayuda de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud para pymes y autónomos de La Rioja. Se enmarca en el área de cultura. Presupuesto total: 255.000 €. El plazo de solicitud terminó el 23 de abril de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los profesionales riojanos y las empresas riojanas que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas, en los ámbitos del teatro, danza, cine y música.

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la Orden 5/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas

Qué se financia

La concesión de ayudas para el fomento, mediante la financiación de los gastos de naturaleza corriente y de capital, propios de las producciones artísticas de la industria escénica.

La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.

Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud.

El plazo de realización de las producciones escénicas será el comprendido entre el 14 de noviembre de 2025 y el 25 de octubre de 2026. Se entienden como realizadas aquellas producciones que han sido estrenadas

Cuantía

El gasto para financiar estas ayudas asciende a una cuantía total de doscientos cincuenta y cinco mil euros (255.000 euros), imputado a las siguientes partidas presupuestarias:

2026/070201.3311.470.01 (Gastos corrientes) - 200.000 euros

2026/070201.3311.770.02 (Gastos de capital) - 55.000 euros

Estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de 18.000 euros. Por su parte, el importe máximo que se podrá considerar como gasto subvencionable será de 22.500 euros

Plazo de solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349) de la página web del Gobierno de La Rioja.

Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado Oficina Electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. […]

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOR. B.O. DE LA RIOJA el 30 de marzo de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD (LA RIOJA)
Presupuesto total255.000 €
Plazo de solicitudDesde el 31 de marzo de 2026. hasta el 23 de abril de 2026
Para quiénPyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoLa Rioja
SectoresActividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; Actividades de creación artística y artes escénicas
FinalidadCultura
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS891714

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 13 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 6 de marzo de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.