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RESOLUCIÓN del 24 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Fogar Vivo (códigos de procedimiento VI426F y VI426H).Medida no sujeta

Cerrada Terminó el 3 de junio de 2026

En resumen

Ayuda del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS) para particulares de Galicia. Se enmarca en el área de acceso a la vivienda y fomento de la edificación. Presupuesto total: 2.263.029 €. El plazo de solicitud terminó el 3 de junio de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán beneficiarse de las ayudas del Programa:

a) Las personas físicas que sean propietarias o usufructuarias de las viviendas.

b) Las personas jurídicas propietarias o usufructuarias de las viviendas, incluyendo las empresas privadas que tengan en su objeto social la promoción de viviendas de nueva construcción o procedentes de la rehabilitación

Qué se financia

1. Esta resolución tiene por objeto:

a) Establecer las bases reguladoras de las ayudas del programa Fogar Vivo (en adelante, el Programa), que se tramitarán con los códigos de procedimiento VI426F y VI426H.

b) Establecer el régimen transitorio de los programas de movilización de viviendas para alquiler, tanto a través de agentes inmobiliarios como a través de los ayuntamientos colaboradores.

2. Asimismo, por medio de esta resolución se convocan estas ayudas para la anualidad 2026, con carácter plurianual

Cuantía

1. Las ayudas para hacer frente al coste de la contratación de los seguros de impago de rentas y/o seguros de multirriesgo de hogar se harán efectivas con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia:

- Cuando se contrate por una persona física: 11.81.451A.480.3, por un importe total de 1.000.000,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 200.000,00 euros para la anualidad 2026; 200.000,00 euros para la anualidad 2027; 200.000,00 euros para la anualidad 2028; 200.000,00 euros para la anualidad 2029 y 200.000,00 euros para la anualidad 2030. […]

Plazo de solicitud

1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará una vez transcurridos cinco días hábiles desde la publicación de la resolución en el DOG. En el supuesto de que el primer día del plazo sea inhábil, el plazo comenzará el primer día hábil siguiente.

El plazo finalizará el 3 de junio de 2026 y, en todo caso, al agotamiento de la partida presupuestaria contenida en esta convocatoria, la cal será comunicado por resolución de la persona titular de la Dirección General del IGVS, que será publicada en el DOG.

2. Las solicitudes podrán presentarse desde las 09.00 horas del primer día de inicio del plazo hasta las 14.00 horas de 3 de junio de 2026. Este plazo podrá ser ampliado mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del IGVS, que deberá ser publicada en el DOG.

3. Las solicitudes presentadas fuera del plazo y del horario indicado serán inadmitidas

Apartados copiados del extracto oficial publicado en DOG. D.O. DE GALICIA el 27 de febrero de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) (GALICIA)
Presupuesto total2.263.029 €
Plazo de solicitudDesde el 9 de marzo de 2026. hasta el 3 de junio de 2026
Para quiénPersonas físicas que no desarrollan actividad económica
ÁmbitoGalicia
SectoresAcabado de edificios; Actividades de limpieza; Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS889650

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 13 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 25 de febrero de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.