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Subvenciones de giras de artes escénicas

Abierta Hasta el 30 de octubre de 2026

En resumen

Ayuda de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud para pymes y autónomos, y también entidades sin actividad económica de La Rioja. Se enmarca en el área de cultura. Presupuesto total: 70.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de octubre de 2026.

Quién puede pedirla

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las siguientes personas físicas y jurídicas, válidamente constituidas, que desarrollen su actividad profesional habitual en la Comunidad Autónoma de La Rioja:

a) Personas físicas mayores de edad, inscritas en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos, que ejerzan su actividad como empresario individual en el ámbito cultural de las artes escénicas, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

b) Personas jurídicas privadas con forma societaria, cuyo objeto social tenga carácter cultural en artes escénicas, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

c) Asociaciones culturales inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de La Rioja, que lleven al menos dos años inscritas en el citado Registro. […]

Qué se financia

Sufragar los gastos corrientes generados por las giras artísticas por territorio, nacional o internacional, excluyendo el de la propia Comunidad Autónoma de La Rioja.

La concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa.

Solo se podrá presentar una solicitud por beneficiario y convocatoria.

El periodo subvencionable en el que se deberán realizar las giras artísticas que pueden ser subvencionadas, será el comprendido entre el 29 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026

Cuantía

El gasto para la financiación de estas ayudas asciende a una cuantía total de setenta mil euros (70.000 euros), imputado a las siguientes partidas presupuestarias:

Profesionales y empresas:

2026/070201.3311.470.07 - 45.000 euros.

Asociaciones:

2026/070201.3311.480.33.- 25.000 euros.

Estas subvenciones, que se concederán en régimen de concesión directa, ascenderán al 80% del importe de los gastos subvencionables, siendo su cuantía máxima de 4.000 euros. Se consideran gastos subvencionables los establecidos en el artículo 7 de la Orden CTD/13/2025, de 7 de febrero.

Se otorgará subvención a las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos, según el orden de presentación de las mismas, hasta agotarse el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta la finalización del plazo de vigencia establecido en esta convocatoria

Plazo de solicitud

El plazo de vigencia para la presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y finaliza cuando se agote el presupuesto disponible y, en todo caso, el 30 de octubre de 2026

Apartados copiados del extracto oficial publicado en BOR. B.O. DE LA RIOJA el 24 de febrero de 2026 (ver anuncio). Los plazos en días se cuentan desde esa publicación.

OrganismoCONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD (LA RIOJA)
Presupuesto total70.000 €
Plazo de solicitudDesde el 25 de febrero de 2026. hasta el 30 de octubre de 2026
Para quiénPersonas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
ÁmbitoLa Rioja
SectoresActividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
FinalidadCultura
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
InstrumentoSubvención y entrega dineraria sin contraprestación
Código BDNS882427

Documentos oficiales

Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (Base de Datos Nacional de Subvenciones). Datos descargados el 13 de octubre de 2026 (recibida en la BDNS el 20 de enero de 2026). Esta página es informativa y no es la convocatoria oficial: la información puede cambiar y la única válida es la publicada por el organismo convocante.