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Calculadora de actualización del alquiler

Calcula cuánto puede subir el alquiler de una vivienda cuando se cumple cada año del contrato: con el IPC o el IRAV del INE y con los límites que marca la ley ahora mismo.

Reglas nuevas, pendientes de confirmar. Desde el 8 de octubre de 2026 rige el Real Decreto-ley 29/2026, que limita la subida al IRAV en todos los contratos y, hasta el 31 de diciembre de 2027, al 2 % si no hay un nuevo acuerdo. El Congreso tiene que convalidarlo; si lo deroga, actualizaremos la calculadora.

El día en que se cumple el año del contrato.
Solo si el contrato fija un porcentaje.
Zona tensionada, fecha de firma y mes del índiceOpcional
Con las reglas actuales no cambia el resultado; solo contaría si el Real Decreto-ley 29/2026 no se convalida.
Por si el contrato dice otro mes, o el INE aún no había publicado el que corresponde.

Cómo se calcula

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede subir el alquiler en 2026?

Desde el 8 de octubre de 2026, con el Real Decreto-ley 29/2026, la subida anual no puede pasar del IRAV del INE en ningún contrato, y en las actualizaciones hasta el 31 de diciembre de 2027, si propietario e inquilino no pactan otra cosa, no puede superar el 2 %. Si la vivienda está en una zona tensionada y la renta supera el precio del sistema de índices de referencia, no puede subir. El real decreto-ley está pendiente de convalidación por el Congreso.

¿Qué es el IRAV?

Es el Índice de Referencia para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda, que el INE publica cada mes desde enero de 2025. Se calcula a partir del IPC y del IPC subyacente y suele quedar por debajo del IPC: en septiembre de 2026 el IRAV fue del 2,54 % y el IPC, del 4,9 %.

Mi contrato dice que se actualiza con el IPC, ¿puedo subir el IPC entero?

No. Con la redacción actual del artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la subida no puede superar el IRAV aunque el contrato diga IPC, también en los contratos firmados antes de mayo de 2023. Y hasta el 31 de diciembre de 2027, sin un nuevo acuerdo, el máximo es el 2 %.

¿Qué mes del IPC o del IRAV se usa?

El último índice publicado por el INE en la fecha en que se cumple el año del contrato. El INE publica el dato de cada mes hacia mediados del mes siguiente: si el contrato se renueva el 3 de noviembre, el último publicado es el de septiembre; si se renueva el 20 de noviembre, el de octubre.

¿Cuándo se empieza a pagar la renta actualizada?

Desde el mes siguiente a aquel en que quien la pide lo comunica por escrito a la otra parte, indicando el porcentaje aplicado. Basta con una nota en el recibo del mes anterior, y el inquilino puede pedir el certificado del INE (artículo 18.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).

¿Y si el contrato no dice nada de actualizar la renta?

Entonces no se puede actualizar: la ley solo permite subir la renta cada año en los términos pactados, y sin pacto expreso no hay actualización.

Índices: IPC e IRAV del INE. Cálculo orientativo para alquileres de vivienda habitual sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos; no sirve para locales ni alquileres de temporada.